| 16/10/03 |
Diario de Mallorca |
La Unión Europea aumenta las compensaciones por 'overbooking' aéreo La UE ha determinado variar la normativa actual (1991) de compensaciones a los pasajeros en situación de sobreventa o de retraso de los vuelos. Hasta ahora los derechos eran la devolución del importe del billete o el embarque en un vuelo alternativo. Desde ahora en el caso de cancelación o sobre venta el criterio se concentra en la distancia del vuelo para determinar la cantidad de indemnización. Para vuelos de menos de 1.500 kms la cantidad a indemnizar es de 250 euros. Hasta 3.500 kms serán 400 euros y para más de 3.500 km hasta 600 euros. En caso de retraso superior a 2 horas en vuelos cortos, 3 horas en vuelos intracomunitarios y 4 horas en vuelos de larga distancia, los pasajeros tendrán derecho a comida y bebida gratis, así como a enviar mensajes por teléfono, fax o e mail. En caso de retraso hasta el día siguiente los amparará el derecho a alojamiento gratuito
|